Colegiación

En el Colegio Oficial de Gestores Administrativos somos conscientes de que tu desarrollo como profesional, en el mundo de la gestión administrativa, es tu prioridad principal.Por este motivo, trabajamos día a día en la defensa de tus intereses, con el fin que el colectivo sea un referente en todas las áreas relacionadas en el asesoramiento y la gestión integral y sea reconocido tanto delante de las administraciones como de la ciudadanía. Apoyarte, para atender tus necesidades en una profesión que cada vez tiene más proyección, es nuestro objetivo principal.

 

COLEGIADO EJERCIENTE

Son personas colegiadas ejercientes aquellas que tienen el título que las habilita para el ejercicio de la profesión de gestor administrativo y se incorporan al Colegio como gestor administrativo para ejercer las funciones propias de la profesión, de acuerdo con el que dispone el artículo 3 de los Estatutos vigentes.

DOCUMENTACIÓN COLEGIADO EJERCIENTE:

UNA VEZ ACEPTADA LA INCORPORACIÓN POR LA JUNTA DE GOBIERNO

  • Documento que justifica el alta en el censo tributario

  • Acreditación de haber suscrito a póliza de responsabilidad civil para la actividad de gestoría administrativa en la forma y cuantía reglamentariamente establecidas.

La documentación referida en el párrafo anterior deberá ser presentada en el plazo máximo de dos meses a contar desde la data de aprobación de la incorporación del colegiado por la Junta de Gobierno. El no cumplimiento de este plazo comportará la baja colegial, según establece el articulo 16 de los Estatutos Colegiales.

Aprovechamos por desearte todos los éxitos en el ejercicio de tu profesión, y estamos a tu disposición para cualquier aclaración o consulta que necesites.

 

COLEGIADO NO EJERCIENTE

Te adjuntamos la documentación necesaria para inscribirte como colegiado no ejerciente y para empezar a disfrutar de las ventajas que te ofrece tu Colegio. Estatuto Colegio.

Son personas colegiadas no ejercientes aquellas que tienen el título que las habilita para el ejercicio de la profesión de gestor administrativo y se incorporan al Colegio sin la intención de ejercer las funciones propias de la profesión, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3 de los Estatutos vigentes, sino de disfrutar de los otros derechos inherentes a la condición de la persona colegiada.

DOCUMENTACIÓN COLEGIADO NO EJERCIENTE:

 

REQUISITOS QUE SE EXIGEN PARA ABRIR UN DESPACHO AUXILIAR

Instancia dirigida al Sr. Presidente del mismo, solicitando la apertura de un despacho auxiliar indicando dirección, teléfono, e-mailInstancia dirigida al Sr. Presidente del mismo, solicitando la apertura de un despacho auxiliar indicando dirección, teléfono, e-mail